Publicado originalmente el 07.07.2021. Modificado el 01.10.2021.


Hace algún tiempo publicamos nuestro post A trancas y a barrancas con la formación de los vigilantes de seguridad, en relación con la formación continua del personal de seguridad para el excepcional 2020 (año de la pandemia COVID-19).

En él, veníamos a celebrar la adopción de la modalidad 100% teleformación para la formación continua de los vigilantes en 2020. Y también criticábamos que no se hubiera extendido a los cursos de formación específica.

Formación continua 2021.

Nuevamente, nos encontramos en un páramo por parte del Ministerio del Interior, de la Secretaría de Estado de Seguridad y de su Unidad Central de Seguridad Privada. Y una dejación absoluta por parte de los sindicatos y patronales representativos, que no ejercen presión alguna.

Nos reiteramos y abundamos en lo expresado en nuestro anterior post:

  • La COVID-19 ha trastocado todo el panorama. Empresas de seguridad con ERTEs y EREs, con un convenio justito para 2021, y centros de formación cerrados durante meses (algunos definitivamente).
  • Dificultades para realizar en forma presencial la formación, dadas las limitaciones de aforos (en el mejor de los casos, del 75%) en las aulas y en nueva regresión debida a la pandemia.
  • Añadimos más dificultades: la Inspección de Trabajo, cebándose con las empresas de seguridad por el exceso de horas extras de los vigilantes (80 horas anuales no se pueden realizar en la misma empresa, pero sí en la competencia). A nadie le gusta realizar horas extras; pero es un colectivo fuertemente castigado por míseros sueldos, falta de conciliación, la fuerte disponibilidad, turnicidad, nocturnidad, etc. Las 20 horas de la formación continua han de ser abonadas como extraordinarias (dentro del cómputo de 80 anuales); por lo que las horas extra reales no serán más de 60.

Pero eso sí: el legislador y por ende, la UCSP, empeñados en que la formación específica ha de ser PRESENCIAL. Desde luego, y hasta el momento de redactar este post, no ha publicado ninguna orden ministerial al respecto de la posibilidad extraordinaria de realizarla no presencial.

Por lo que nuevamente abordamos las siguientes reflexiones:

  1. ¿No ve la UCSP la dificultad de realizar la formación continua en modalidad presencial? Cada vez hay menos centros de formación. Los que hay abiertos, deben mantener la distancia social, las medidas de seguridad, etc. Como mal menor, el aforo de los centros es entre el 50% y el 75% del habitual. Lo que implica que los costes se disparan, y han de repercutirse a las empresas de seguridad sin posibilidad de repercusión a los clientes.
  2. Las empresas de seguridad tampoco están en un momento boyante, con la pérdida de clientes generalizada. Por lo que permitirse duplicar los costes de la formación tampoco entra dentro de su ideal para afrontar la crisis derivada de la pandemia.
  3. El coste de la formación online no resulta ni el 50% de la formación presencial, permitiendo que las empresas utilicen ese recurso económico para salvar sus finanzas.
  4. La teleformación permite que el vigilante se forme donde quiera, a la hora que quiera, con quien quiera (eso sí, háganse los controles pertinentes por parte de la UCSP).
  5. En teleformación se realizan grados y postgrados universitarios, la formación profesional, la formación teórica de las autoescuelas, etc. Se permiten también los propios certificados de profesionalidad de seguridad privada. Las Universidades, en colaboración con centros de formación autorizados por el Ministerio del Interior, imparten en teleformación los cursos habilitantes de Dirección de Seguridad (Jefes y Directores de Seguridad).

Entonces, ¿con qué criterio pedagógico / técnico / operativo la UCSP, la Secretaría de Estado de Seguridad, y en definitiva, el Ministerio del Interior niegan realizar la formación específica en modalidad a distancia y/o teleformación? Ya era hora de dar el paso en 2020. Estamos en julio de 2021 y estancados.

Fiscalicen los contenidos, la forma en que se realiza la teleformación. Contrasten que los centros sean serios. Pero den el paso.


Finalmente, a dos meses escasos (diciembre es prácticamente inhábil) del final de 2021, la Orden INT/1019/2021, de 27 de septiembre, por la que se adoptan medidas excepcionales en materia de formación permanente de los vigilantes de seguridad privada como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por COVID-19, dispone:

Artículo único. Formación permanente de los vigilantes de seguridad.

Durante el año 2021, los cursos anuales de actualización o especialización para los vigilantes de seguridad a los que se refieren el artículo 57 del Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por el Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, y el artículo 7 de la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada, podrán realizarse en su totalidad de forma no presencial.


Seguridad Privada.

SIQURË es centro de formación  inscrito con el núm. 1.735 en el Registro Nacional de Seguridad Privada para impartir enseñanzas de Formación y Actualización del personal de Seguridad Privada y sus especialidades.