
Nueva sanción de la AEPD por el uso indebido de biometría
Otra entidad ha sido multada (expediente Nº: EXP202304834) con 20.000 euros (12.000 tras asumir la responsabilidad) por utilizar huellas dactilares para el control de jornada sin cumplir la normativa de protección de datos.
¿Qué se hizo mal?
- Falta de base legal adecuada: No se obtuvo el consentimiento explícito de los empleados ni se justificó adecuadamente la necesidad del uso de datos biométricos.
- Existían alternativas menos intrusivas: La AEPD señala que métodos como códigos numéricos son menos invasivos y cumplen la normativa.
- Evaluación de Impacto deficiente: No se analizó si el uso de biometría era realmente necesario, idóneo y proporcional.
Lección clave: NO utilices biometría para el control horario.
Hace más de un año lo advertimos en nuestro blog: ¿Sigues fichando en el trabajo con huella dactilar o iris?
La AEPD es clara: la normativa laboral no obliga ni autoriza el uso de biometría para el registro de jornada. En algunos casos podría justificarse para control de accesos, pero siempre debe evaluarse con asesoría legal.
¿Se avecina una oleada de reclamaciones de empleados exigiendo indemnizaciones por vulneración de sus derechos fundamentales?
Conclusión: Antes de implementar sistemas biométricos, consulta con expertos en protección de datos. Un mal uso puede salirte caro.