
SIQURË es especialista en la elaboración, implantación, mantenimiento de la eficacia y revisión de Planes de Autoprotección y medidas de prevención y evacuación de edificios y eventos. Ello, de acuerdo con lo establecido en la Directriz Básica de Autoprotección (Orden INT/1068/2026) y otras normativas complementarias.
Qué cambia con la Directriz Básica de Autoprotección:
- Revisión del plan: con una periodicidad no superior a cinco años (antes, tres), salvo que la normativa sectorial fije un plazo menor, y siempre que cambien las circunstancias de la actividad o de la instalación.
- Registro Estatal de Planes de Autoprotección: la Directriz encarga su creación a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, sin perjuicio de los registros autonómicos y locales.
- Adaptación de los planes vigentes: deben ajustarse a la Directriz en un plazo máximo de cuatro años.
Plan de Autoprotección.
El Plan de Autoprotección tiene por objeto la organización de los medios humanos y materiales disponibles para:
Planes de Seguridad.
En SIQURË facilitamos a nuestros clientes, directamente o a través de nuestros partners, la elaboración de planes de seguridad (safety & security) derivados de:

