El Plan de Igualdad, obligatorio desde ayer para las empresas de más de 100 trabajadores/as.

De manera casi coincidente con el Día Internacional de la Mujer Trabajadora, ayer finalizaba el plazo (07.03.2021) para que las empresas de más de 100 personas en plantilla implementen un plan de igualdad. Las empresas entre 50 a 100 tienen un año más para implementarlo.

Fechas para implantar un Plan de Igualdad.

  • Empresas de más de 150 trabajadores/as: antes del 07.03.2020.
  • Empresas de más de 100 trabajadores/as: antes del 07.03.2021.
  • Empresas de entre 50 y 100 trabajadores/as: antes del 07.03.2022.

Además, en el Acuerdo por la igualdad efectiva entre mujeres y hombres de 30.07.2020, se establece la obligatoriedad de que las empresas con más de 50 trabajadores/as, tengan un registro de las retribuciones salariales, con el objetivo de alertar sobre las diferencias en la valoración del puesto según el género (las empresas de menos de 50 trabajadores, están obligadas a partir del 14.04.2021).

Es decir, tarde o temprano, todas las empresas van a tener que tener un Plan de Igualdad.

Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, que determina que todas las empresas deberán contar con un registro salarial a partir del próximo mes de abril de 2021.

Cumplimiento normativo y responsabilidad social.

Independientemente de la obligación legal, el cumplimiento normativo (compliance) en las empresas y la responsabilidad social hacen conveniente la implantación de los mismos. Hay que tener en cuenta que, entre otros aspectos, se analizará la existencia de no discriminaciones retributivas o la existencia de actuaciones específicas eficientes para prevenir, evitar o actuar ante situaciones de acoso. Para ello, deben contar con el Plan de Igualdad, con una auditoría de retribuciones y un plan de acción para prevenir y corregir diferencias.

Por ello, queremos compartir que junto a Lawlliance hemos iniciado la prestación de servicios de consultoría para la empresa en el marco del cumplimiento normativo laboral, también conocido como compliance laboral.

Servicios de los que iremos comunicando e informando en un futuro inmediato. En particular, consultoría relacionada con la desconexión digital, teletrabajo, vigilancia y control, protocolos internos de uso de dispositivos informáticos, sistemas de canal de denuncias internas y gestión de las mismas, así como formación.

En este momento, por lo que indicamos al principio, queremos ofrecerte la posibilidad de realizar e implementar el Plan de Igualdad para tu empresa y ayudarte a cumplir tus obligaciones normativas de la mejor manera posible.

No queremos acompañarte en una obligación puntual, sino durante todo el futuro camino de cumplimiento normativo de tu empresa.

Contáctanos sin compromiso.